2ª Consulta Pública de la CNMC sobre la Economía Colaborativa (3 y última)

2ª Consulta Pública de la CNMC sobre la Economía Colaborativa (3 y última)
Las ballenas forman una red colaborativa de burbujas para rodear a los bancos de peces y alimentarse. Fotografía del blog Vista al Mar.

Aportación de Queland Consulting a la 2ª Consulta Pública lanzada por la Comisión Nacional del Mercado y la Competencia (CNMC) sobre la Economía Colaborativa. (3ª y última parte)

 

RECOMENDACIONES
El análisis llevado a cabo en el estudio de la economía colaborativa en España y, en particular, de los sectores de transporte y alojamiento, ha identificado una serie de restricciones de acceso y ejercicio de la actividad.

Dichas restricciones, cuando no encuentran justificación en los principios de necesidad y proporcionalidad, resultan ineficientes y perjudican la competencia y el interés general.

Imagen6_Recomendaciones_Economía Colaborativa

 

Respecto a las recomendaciones, desde Queland cabe señalar lo siguiente:

1- Aplicación de los principios de regulación económica eficiente por parte de las Administraciones Públicas en la regulación sectorial y horizontal.

La posible mayor eficiencia de una no regulación debiera ser una reflexión para toda la economía, no solo para la colaborativa entendida de una manera tan amplia como lo hace el informe de CNMC. Es preciso clarificar qué economía colaborativa debiera ser no regulable y qué economía colaborativa debiera regularse. Pata evitar confusiones, no estaría de más identificarlas incluso con nombres diferentes.

Delimitar claramente cada uno de los eslabones de la cadena de valor ayudaría también a asignar responsabilidades desde el punto de vista regulatorio: los intermediarios (con independencia de los medios que utilicen) y los extremos de la cadena de colaboración no tienen por qué tener la misma consideración.

2- Manifestar la plena disponibilidad de colaboración de la CNMC con los órganos judiciales.

Téngase en cuenta que a veces la acusación de competencia desleal que esgrimen los incumbentes ante las nuevas plataformas tiene su origen en regulaciones (derechos de los consumidores, de los trabajadores, la fiscalidad,…) que se aplican en unos casos y no en otros, y que por lo tanto es responsabilidad de los poderes públicos el reconocerlo y solucionarlo.

3- Incorporar por parte de las Administraciones Públicas la actividad de la Economía Colaborativa en las estadísticas oficiales.

De acuerdo, aunque con el convencimiento de que buena parte de la Economía Colaborativa es de difícil, por no decir imposible, cuantificación.

4- Evitar el establecimiento de barreras a la salida de usuarios por las plataformas colaborativas.

No se entiende el afán de llamar plataformas colaborativas a las plataformas tecnológicas. Desde el punto de vista de la reputación, existen plataformas que recogen la valoración de los usuarios de determinados productos o servicios y ofrecen esta información a quien lo solicite, pero ni son privativas de la Economía Colaborativa (definamos ésta como la definamos) ni exclusivas siquiera de las plataformas tecnológicas. El control de esta información sí que es un tema relevante para evitar fraudes, con independencia de los medios utilizados para gestionarla.

Nota añadida al blog, que no se incluyó en su momento en la respuesta a la CNMC: La CNMC centra sus preocupaciones sobre «evitar el establecimiento de barreras a la salida de usuarios por las plataformas colaborativas» exclusivamente en aspectos reputacionales, proponiendo incluso acuerdos interplataformas que posibiliten su portablidad; pero la problemática real de las plataformas tecnológicas trasciende ampliamente este tema para afectar a toda la vida digital de los usuarios, cuya portabilidad debiera facilitarse para que nadie pueda sentirse prisionero de ninguna plataforma, siguiendo el ejemplo de lo ya conseguido en el ámbito de las telecomunicaciones.

5- Se recomienda a las asociaciones de consumidores y usuarios la utilización de estos sistemas para la detección más eficiente de situaciones de fraude o desprotección del consumidor frente a otros usuarios de la plataforma o frente a la propia plataforma.

Con independencia de que la propuesta de eliminar determinados controles y registros para las viviendas de uso turístico, podría ser incompatible con la aludida necesidad de incorporar estas ofertas en las estadísticas oficiales correspondientes, no se hace un análisis del mercado turístico en su conjunto, por lo que no se analizan las razones de por qué son relevantes determinadas condiciones para unos tipos de oferta y no para otros. Al margen de decir que un registro burocrático (por ejemplo) puede llegar a ser una incomodidad para un particular que quiera ofrecer su vivienda para uso turístico, tal vez haya condiciones que si no son relevantes para un tipo de oferta tampoco lo debieran ser para otros, y habría que eliminarlas de la normativa.

9- Mayor libertad de acceso al mercado de taxi y VTC.

La CNMC parte de un análisis del mercado del transporte en el que diferencia los servicios de transporte de conveniencia (normalmente relacionados con demandas puntuales y ocasionales desde la calle) en los que cercanía, oportunidad y ocasionalidad son factores fundamentales, de los contratados a través de una plataforma (sea telefónica o de internet, normalmente desde una localización fija determinada); el problema es que en sus conclusiones y recomendaciones no lo tiene en cuenta. En cualquier caso, habría que añadir otras tipologías de mercado no consideradas, como pueden ser las que se producen en ámbitos en los que no existe una oferta de transporte articulada, que es en el que realmente es relevante el fenómeno colaborativo.

Centrado el tema en la oferta a través de plataformas, resulta inevitable preguntarse hasta qué punto pueden llegar a copar los otros dos ámbitos de mercado (el de conveniencia y el que carece de una oferta articulada) y es cierto que no se aprecian elementos objetivos para impedir a los vehículos conectados a las plataformas el atender estas otras necesidades, máxime si se tiene en cuenta la generalización de las comunicaciones en movilidad.

Como aspecto diferencial, las relaciones de conveniencia pueden implicar carencias en cuanto a disponer de información reputacional, que tanto parece valorar la CNMC en las plataformas digitales (colaborativas, dice la CNMC de manera a nuestro juicio equivocada), sin entender tampoco por qué no se asocia este concepto a cualquier tipo de plataforma o agrupación gestora de vehículos.

En la propuesta de la CNMC quedan desdibujadas las figuras del taxi y la VTC sin tener muy claro cuáles son los aspectos diferenciales de cada modalidad desde el punto de vista del mercado (con independencia de que desde la burocracia se pueda distinguir de manera ficticia lo que se considere).

Muchas reflexiones de la CNMC sobre este tema (numerus clausus, ámbito territorial,…) tienen su origen en una segmentación del mercado derivada de nuestra estructura institucional (local, autonómica, nacional…), tema sobre el que salvo error no hemos detectado ninguna propuesta de cambio competencial desde la CNMC.

En conexión con el párrafo anterior, cabe concluir diciendo que la situación actual es consecuencia de la propia actuación de nuestras instituciones públicas y la regulación que éstas han ido imponiendo a lo largo del tiempo, por lo que no cabe demonizar a nadie por mucho que represente un legacy histórico que es preciso hacer evolucionar. Por la misma razón, es responsabilidad de las instituciones, y en este caso de la CNMC, el propiciar que estos cambios se produzcan de manera gradual y aportando certidumbre al mercado a largo plazo. Ni una cosa ni otra se aprecia en la propuesta de la CNMC, que más bien parece apuntarse de manera populista en favor de los nuevos vientos y mostrarse satisfecha con irrumpir cual elefante en una cacharrería en una situación que, por lo dicho, es producto de la actuación institucional, sea de la propia CNMC, de sus antecesores, o de cualquier otro poder público.

12- Limitar la participación de las asociaciones y organizaciones representativas del sector con carácter previo a la adopción de decisiones administrativas.

El mensaje de la CNMC respecto al miedo a ser capturado por el regulado, que ésta institución ya ha venido reiterando en sucesivos informes sobre éste y otros temas, se puede calificar de patológico. En una situación tan cambiante como la propia CNMC reconoce que se produce en el tema objeto de análisis, el encastillamiento que supone esta posición no tiene ningún sentido: siempre habrá personas o entidades que sepan más del mercado que la propia CNMC. Si no se les escucha y se permite su participación activa sólo puede interpretarse como miedo a no estar a la altura del mercado que se pretende regular, ante lo cual se prefiere actuar con la prepotencia del Boletín Oficial correspondiente, aún con riesgo de equivocarse.

14- Creación de una mesa de seguimiento de la economía colaborativa.

La mesa de seguimiento de la Economía Colaborativa (por cierto, ¿no sería mejor de la Economía Digital?) puede tener sentido en tanto en cuanto nos encontremos en fase de transformación de toda nuestra estructura productiva y puedan producirse tensiones entre la economía tradicional y la nueva. No obstante, no se entiende cómo se puede conjugar la idea de la mesa con lo señalado en el apartado 12, porque si en esta mesa se pretende que sólo se sienten instituciones, dejando al margen a los agentes económicos involucrados, recomendamos encarecidamente a la CNMC que se ahorre el esfuerzo.

 

VALORACIÓN SUBJETIVA

Imagen7_Valoración subjetiva_Economía Colaborativa

El resultado preliminar del estudio de la CNMC considera a las plataformas una oportunidad para la sociedad que puede mejorar el bienestar, la regulación y la competencia. ¿Hasta qué grado está de acuerdo?

Valorando de 1 a 5: un 4.

¿Qué nota pondría a los resultados preliminares del estudio de la CNMC?

Valorando de 1 a 5: un 2.

 

Como cierre de la aportación de Queland, es preciso insistir en que se detecta en el informe una cierta confusión entre lo que se llama Economía Colaborativa y lo que es simple Economía Digital y, cada vez más, tan solo Economía. Como los nombres siempre responden a una convención, convendría empezar por aquí para saber en cada momento de qué se está hablando, lo cual permitiría no asignar a uno y otro concepto virtudes o defectos que no les corresponden.

Otro de los aspectos que nos sugiere el texto de la CNMC es una cierta confusión entre el fenómeno del prosumerismo, en que el usuario se convierte en productor y propicia las relaciones entre iguales, y la existencia de plataformas tecnológicas. No hay duda que los nuevos medios tecnológicos aportan nuevas oportunidades al prosumerismo, pero no tiene sentido que reglas que pueden ser válidas para las relaciones interpersonales pasen automáticamente a considerarse válidas para los intermediarios que puedan facilitar estas interrelaciones, en este caso las plataformas tecnológicas.

Quienes colaboran, en todo caso, son las personas, mientras que las plataformas tecnológicas actúan como facilitadoras para hacer su propio negocio, independientemente del modelo utilizado para ello y, como tales, deben ser reguladas de acuerdo a las normas habituales del comercio (sin perjuicio de que estas deban evolucionar, para las plataformas y para todos).

La capacidad de control y el poder que las plataformas tecnológicas pueden llegar a tener del mercado es una razón adicional de peso para su control regulatorio.

Se echa de menos una reflexión que abarque aspectos como el autoconsumo, también propiciado por la evolución tecnológica (véase, por ejemplo, el tema de la energía eléctrica), que en el extremo podría considerarse una economía colaborativa con uno mismo: el usuario no solo se convierte en productor, sino que consume sus propios productos. En definitiva, estas actuaciones se hurtan del entramado de relaciones de negocio tradicional y supone una disrupción que altera el mercado tal como hoy lo entendemos, además de ayudar en mayor medida que el resto de la economía llamada colaborativa en aspectos como el equilibrio del medioambiente y la sostenibilidad.

Finalmente, Queland agradece de nuevo a la CNMC la oportunidad de colaborar mediante la aportación de sus reflexiones en el estudio de la regulación de la Economía Colaborativa, como parte integrante de un concepto más amplio: la Economía Digital.